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Sunat endurece requisitos: la factura ya no es suficiente

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Sun, 16 Nov 2025

Sunat endurece requisitos: la factura ya no es suficiente

En una nueva fase de fiscalización, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ha comenzado a exigir pruebas adicionales para sustentar el crédito fiscal del IGV. La simple presentación de una factura ya no garantiza la validez de la operación, las empresas deben demostrar que realmente adquirieron bienes o contrataron servicios.

Durante las últimas semanas, Sunat ha enviado esquelas de citación a múltiples negocios, requiriendo evidencias concretas de que las compras y contrataciones declaradas son reales y están ligadas a actividades que generan IGV.

Más que una factura: la prueba de la operación

La simple presentación de una factura ya no es suficiente para respaldar el crédito fiscal. SUNAT exige ahora una demostración fehaciente de que la operación comercial se llevó a cabo, incluyendo la entrega de bienes o prestación de servicios. Esto implica presentar documentación adicional que corrobore la realidad de la transacción.

 

¿Qué documentación se requiere ahora?

Las empresas deben proporcionar pruebas que sustenten la operación, tales como:

  • Contratos, guías de remisión y actas de conformidad.
  • Correos electrónicos o informes internos que confirmen la prestación de un servicio.
  • Kardex u otro control de inventario para justificar la compra de bienes.
  • Comprobantes de pago que validen la transacción (transferencias, cheques, vouchers de depósito).

No existe una lista exacta de documentos, pero la guía de referencia de Sunat sobre la fehaciencia de gastos puede ser útil en estos casos.

 

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Consecuencias y sanciones por incumplimiento

Si una empresa no atiende los requerimientos de Sunat con la documentación adecuada, puede perder el derecho al crédito fiscal, lo que llevaría a ajustes tributarios que impactarían el IGV y el Impuesto a la Renta.

Además, el incumplimiento podría derivar en multas establecidas en el Código Tributario, oscilando entre 0.3% y 0.6% de los ingresos netos de la compañía, según la gravedad del caso.

¿Cómo actuar ante una fiscalización de Sunat?

Los especialistas en derecho tributario recomiendan:

  • Revisar con rapidez los documentos solicitados y atender las esquelas dentro del plazo establecido. Si el volumen de información es elevado, solicitar una prórroga.
  • Verificar la trazabilidad de las operaciones y reunir documentos que respalden cada transacción, desde contratos hasta informes internos.
  • Confirmar los medios de pago utilizados para cada compra o servicio contratado.

Ante la nueva estrategia de fiscalización de Sunat, las empresas deben reforzar sus controles internos y mantener pruebas documentales sólidas de todas sus operaciones. La carga de la prueba recae en el contribuyente, y una gestión tributaria proactiva puede evitar sanciones y garantizar el acceso al crédito fiscal.

La SUNAT ha puesto a disposición en su portal web una guía de referencia sobre la fehaciencia de los gastos, la cual resulta de gran utilidad para los contribuyentes.

 

Escrito por Grupo Verona

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