SUNAT exige declarar si ingresos superan monto establecido
Fri, 19 Sep 2025

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Se aproxima una de las fechas más esperadas por los trabajadores formales del sector privado: el pago de la gratificación por Fiestas Patrias, un ingreso extra que debe entregarse hasta el 15 de julio y que equivale, en muchos casos, a un sueldo íntegro más una bonificación adicional, sin descuentos.
De acuerdo con la Ley N.º 27735 y su reglamento, los trabajadores en planilla con contrato a plazo indefinido, determinado o a tiempo parcial, que hayan laborado al menos un mes completo entre enero y junio de 2025, tienen derecho a este beneficio.
¿Qué incluye el pago? Además del monto íntegro de su remuneración, los trabajadores recibirán una bonificación extraordinaria del 9% si están afiliados a EsSalud, o del 6.75% si se encuentran en una EPS. Por ejemplo, un empleado con sueldo de S/ 3,000 recibirá S/ 3,270 si está afiliado a EsSalud.
Pago proporcional y situaciones especiales
Quienes no hayan trabajado los seis meses del semestre recibirán una gratificación proporcional a los meses calendario completos laborados. Así, un trabajador que ingresó el 25 de abril solo contará mayo y junio, y con una remuneración de S/ 3,000, recibirá S/ 1,090 (incluyendo el 9%).
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En caso de renuncia antes del 15 de julio, el monto proporcional será abonado junto con la liquidación de beneficios sociales.
Multas por incumplimiento
Las empresas que no depositen la gratificación a tiempo se exponen a fuertes sanciones de Sunafil. Las multas pueden oscilar entre S/ 2,227.50 y S/ 129,294, según el tipo y tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
Aspectos clave a considerar:
Escrito por Grupo Verona
Fri, 19 Sep 2025
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