Base para calcular la CTS: guia legal completa SUNAFIL
Fri, 31 Oct 2025
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Se acerca el 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, un feriado nacional que para miles significa descanso y tradición familiar. Sin embargo, si tu sector debe seguir operando, tienes derechos laborales irrenunciables que tu empleador debe respetar. La normativa peruana es contundente: trabajar en un feriado sin compensación no vale un sueldo simple; ¡vale TRES!
El desconocimiento de esta norma le cuesta miles de soles en multas a las empresas y priva a los trabajadores de una legítima remuneración. Ya seas del sector público o privado, esta información es oro puro para asegurar el pago correcto en tu próxima planilla.
Así se calcula tu triple remuneración
La legislación laboral es clara: si laboras el feriado 1 de noviembre y no te dan un día de descanso sustitutorio, la empresa está obligada a pagarte una remuneración triple por esa jornada.
Desglose del pago (¡Tres en uno!):
Resultado: Tu jornada del 1 de noviembre vale, legalmente, el equivalente a tres sueldos diarios en tu bolsillo.
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Riesgos y multas: El costo de incumplir la ley laboral
No pagar esta remuneración triple o no otorgar el descanso compensatorio no es un error menor; es considerado una infracción laboral muy grave. El Estado peruano, a través de sus entes fiscalizadores, aplica sanciones económicas que golpean fuertemente a las empresas infractoras.
¿Cuánto es la Multa? Las sanciones varían según el tamaño de la compañía y el número de trabajadores afectados, pudiendo ir desde los S/ 1,230 hasta S/ 281,035.
Empleador, ¡prevé tu planilla! Trabajador, ¡exige tu derecho! El Día de Todos los Santos combina devoción y tradición, pero para quienes laboran, también es un día de justicia económica.
Escrito por Grupo Verona
Fri, 31 Oct 2025
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