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Tribunal Fiscal: devolucion de pagos pese a orden firme

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Mon, 13 Oct 2025

Tribunal Fiscal: devolucion de pagos pese a orden firme

El Tribunal Fiscal de Perú ha dictado una resolución demoledora contra una práctica común de la SUNAT que negaba la devolución de dinero a los contribuyentes. La Resolución N.° 00824-2-2025 establece un precedente que te da un respiro financiero: ahora puedes recuperar el dinero pagado en exceso, incluso si la orden de pago original ya había quedado "firme" y parecía incuestionable.

¿Qué ocurrió en el caso?

Un contribuyente presentó su declaración jurada, SUNAT emitió una orden de pago y él la canceló por completo. Luego, rectificó su declaración y determinó que su obligación tributaria era menor. Al solicitar la devolución del exceso pagado, SUNAT la negó argumentando que la orden de pago ya estaba firme y no podía ser revertida.

¿Qué resolvió el Tribunal Fiscal?

El Tribunal, basándose en los artículos 59 y 88.2 del Código Tributario y en la Resolución de Observancia Obligatoria N.º 03442-1-2024, determinó que si existe una declaración rectificatoria dentro del plazo de prescripción que demuestra una menor obligación, el pago realizado se considera indebido. Y lo más importante: no es necesario que la orden de pago haya sido impugnada o anulada para que proceda la devolución.

 

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El Tribunal Fiscal frena a la SUNAT

El máximo órgano de justicia tributaria ha puesto fin a esta arbitrariedad. El Tribunal Fiscal ha determinado que la existencia de una declaración rectificatoria —presentada dentro del plazo de prescripción— que demuestre una menor obligación, automáticamente configura un pago indebido o en exceso.

En simple: la firmeza de la Orden de Pago ya no es un escudo para la administración tributaria.

Esta resolución confirma que si demuestras (con la rectificatoria) que el monto de la obligación era inferior, tienes derecho a que se te devuelva el dinero, sin importar si impugnaste o no la orden de pago en su momento. La SUNAT ya no puede usar la "firmeza" como excusa para quedarse con tu dinero de más.

Este fallo, amparado en el Código Tributario y precedentes anteriores, favorece a miles de contribuyentes. Si has pagado de más y rectificaste a tiempo, tienes el camino libre para solicitar esa devolución. ¡Es tu dinero, y la ley te respalda! Este precedente fortalece el principio de justicia tributaria y obliga a la administración a reconocer pagos indebidos, sin escudarse en formalismos que perjudican al contribuyente.

 

Escrito por Grupo Verona

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