SUNAT exige probar que el gerente cumple funciones reales
Mon, 13 Oct 2025

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Existe una peligrosa creencia en el mundo empresarial peruano: que si tu empresa entra en suspensión temporal de actividades o, peor aún, si la SUNAT te da de baja de oficio en el RUC, quedas automáticamente liberado de todas las obligaciones pendientes. ¡Esto es un mito costoso!
El Tribunal Fiscal y la normativa vigente han sido categóricos: la obligación de presentar la Declaración del Beneficiario Final subsiste y te persigue, sin importar tu situación formal actual. Si tu empresa tuvo ingresos en el ejercicio anterior, el deber de informar a la SUNAT sobre quién está realmente detrás del negocio se mantiene firme.
La sentencia del tribunal fiscal que debes conocer
El marco legal (Decreto Legislativo N.° 1372) obliga a toda persona jurídica a identificar y declarar a su Beneficiario Final. Recientemente, el Tribunal Fiscal, con sentencias como la RTF N.° 00822-10-2024, ha blindado esta obligación.
La obligación de declarar se genera por la condición que tuviste en el ejercicio anterior (es decir, por los ingresos que generaste), y no por tu estado actual en el RUC.
Esto aplica incluso a empresas en procesos de disolución o liquidación. En estos casos, son los liquidadores o interventores quienes heredan la responsabilidad de cumplir con esta declaración.
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Nuevo cronograma: SUNAT cierra el cerco por ingresos
La Resolución de Superintendencia N.° 000168-2025/SUNAT ha establecido un cronograma escalonado que abarca prácticamente a todo el universo de contribuyentes en los ejercicios 2025 y 2026, basados en los ingresos netos del ejercicio anterior:
El costo de la omisión: Multas reducibles
Omitir esta declaración es una infracción grave (numeral 2 del artículo 176 del Código Tributario) que se castiga con una multa que puede ascender hasta las 25 UIT.
Sin embargo, hay una salida inteligente: la gradualidad. Si subsanas la omisión (es decir, presentas la declaración) dentro del plazo otorgado por la SUNAT o de forma voluntaria, puedes obtener una reducción de hasta el 80% de la sanción.
No te confíes en la baja de tu RUC. La SUNAT ya tiene las herramientas legales y jurisprudenciales para ir por tu multa. ¡Planifica la presentación de esta declaración informativa!
Escrito por Grupo Verona
Mon, 13 Oct 2025
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Sat, 11 Oct 2025
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