Horas extras: Sin pruebas minimas no hay obligacion de pago
Wed, 06 May 2026
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La Corte Suprema de Justicia ha emitido un pronunciamiento que marca un antes y un después en los procesos laborales vinculados al pago de horas extras. A través de la Casación Laboral N.º 5078‑2023 La Libertad, la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria estableció que el reconocimiento de sobretiempo no puede basarse únicamente en la falta o deficiencia del registro de asistencia del empleador. El trabajador deberá aportar indicios razonables que acrediten la prestación efectiva de servicios fuera de la jornada ordinaria.
El caso que originó el nuevo criterio
El proceso se inició por la demanda de una trabajadora que solicitó el reconocimiento de vínculo laboral a plazo indeterminado y el pago de diversos beneficios, entre ellos horas extras.
Si bien las instancias inferiores declararon fundada en parte la demanda, la controversia llegó a la Corte Suprema debido a la forma en que se acreditó el sobretiempo.
Las instancias previas habían otorgado un peso determinante a la falta de exhibición del registro de asistencia por parte del empleador. Sin embargo, la Corte advirtió que ello no exonera al trabajador de su carga probatoria, ni permite presumir automáticamente la existencia de horas extras.
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Carga probatoria compartida: no basta con señalar la ausencia de registros
El máximo tribunal precisó que la normativa laboral exige que el trabajador aporte pruebas mínimas, tales como:
Sin estos elementos, no es posible inferir razonablemente la prestación de servicios en sobretiempo.
Asimismo, la Corte aclaró que las boletas de pago no generan presunción de continuidad en la realización de horas extras. Tampoco corresponde aplicar automáticamente la presunción de la Nueva Ley Procesal del Trabajo si no existen indicios adicionales.
Decisión final: no se acreditaron horas extras
Tras evaluar el caso, la Corte Suprema concluyó que la trabajadora no presentó medios probatorios suficientes para demostrar el sobretiempo alegado. Por ello, declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la empresa y estableció un criterio jurisprudencial claro:
Las horas extras no se presumen; deben acreditarse con indicios mínimos, incluso cuando el empleador incumple con llevar o presentar registros de asistencia.
Impacto del fallo
Este pronunciamiento refuerza la importancia de la carga probatoria compartida en los procesos laborales y delimita el uso de presunciones, evitando decisiones basadas únicamente en omisiones formales del empleador. Además, brinda mayor predictibilidad a empresas y trabajadores en litigios sobre horas extras.
Escrito por Grupo Verona
Wed, 06 May 2026
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