GRE-Remitente: Sunat ya sanciona infracciones en el traslado
Wed, 02 Sep 2026
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Desde el 1 de septiembre de 2026, los contribuyentes deben prestar especial atención a la emisión de la Guía de Remisión Electrónica (GRE) – Remitente. El periodo de aplicación de la facultad discrecional que permitía a SUNAT no sancionar determinadas infracciones relacionadas con este documento concluyó el 31 de agosto.
La medida fue establecida por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000031-2026-SUNAT/700000, publicada el 28 de junio de 2026. Esta norma amplió temporalmente la aplicación de la facultad discrecional para determinadas infracciones vinculadas con las GRE.
¿Qué cambió para la GRE-Remitente?
La resolución permitió que determinadas infracciones vinculadas con la GRE-Remitente detectadas entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026 no fueran sancionadas administrativamente, bajo los supuestos establecidos por SUNAT. Ese periodo ya terminó.
Por tanto, actualmente los sujetos obligados deben cumplir con las condiciones establecidas para la emisión de la GRE-Remitente y tener especial cuidado con la información que sustenta el traslado.
SUNAT establece que la GRE-Remitente corresponde cuando el remitente de los bienes realiza el traslado y debe emitir el documento electrónico que sustenta dicha operación.
La obligación de emitir la GRE continúa
La finalización de la discrecionalidad no significa que recién ahora sea obligatorio emitir la GRE. La obligación electrónica para los sujetos comprendidos en la normativa correspondiente ya se encuentra vigente.
La Resolución N.° 000123-2022/SUNAT designó a los sujetos obligados y estableció que, desde el 1 de enero de 2024, quienes tengan la calidad de remitentes o transportistas comprendidos deben emitir la guía electrónicamente.
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¿Y qué ocurre con la GRE-Transportista?
Aquí existe una diferencia importante. SUNAT decidió mantener la facultad discrecional respecto de determinadas infracciones relacionadas con la GRE-Transportista cuando sean detectadas desde el 1 de julio de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027.
Esto responde, entre otros factores, a que todavía existe un número importante de empresas de transporte que se encuentran adecuando sus procesos para cumplir con esta obligación.
¿Qué deben hacer las empresas?
La recomendación es revisar los procedimientos utilizados antes de cada traslado: identificar correctamente al remitente, verificar los datos de los bienes y asegurarse de emitir la guía correspondiente conforme a las condiciones establecidas por SUNAT.
La etapa de adaptación para la GRE-Remitente terminó. Por ello, cometer determinadas infracciones ya puede generar la correspondiente consecuencia administrativa.
La GRE no debe revisarse cuando el vehículo ya está en ruta: debe estar correctamente emitida antes de iniciar el traslado.
Escrito por Grupo Verona
Wed, 02 Sep 2026
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