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Sun, 19 Jul 2026
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El Poder Ejecutivo aprobó los Lineamientos para la notificación excepcional de actos administrativos, una medida que busca uniformizar el procedimiento que deberán seguir las entidades públicas cuando no sea posible notificar a un administrado mediante las modalidades ordinarias previstas en la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 011-2026-JUS, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano el 10 de julio de 2026, entrando en vigencia desde el 11 de julio de 2026.
¿Por qué era necesaria esta regulación?
Hasta antes de esta norma, la Ley N.° 27444 contemplaba la posibilidad de realizar una notificación excepcional mediante publicación, pero no existían lineamientos específicos que establecieran criterios uniformes para todas las entidades del Estado.
Con esta aprobación, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos desarrolla el párrafo 23.3 del artículo 23 de la Ley N.° 27444, precisando cuándo puede utilizarse esta modalidad, qué información debe contener la publicación y cuáles son las garantías que protegen el derecho de defensa de los administrados.
El objetivo es fortalecer la seguridad jurídica, reducir controversias sobre la validez de las notificaciones y asegurar que los actos administrativos produzcan efectos respetando el debido procedimiento administrativo.
¿Cuándo procede la notificación excepcional?
Los nuevos lineamientos establecen que esta modalidad solo tiene carácter subsidiario. Es decir, únicamente podrá emplearse cuando resulte imposible realizar la notificación personal o utilizar cualquiera de los mecanismos ordinarios previstos por la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Asimismo, la norma precisa que esta forma de notificación no será aplicable cuando la publicación constituya el mecanismo principal para actos administrativos de alcance general o dirigidos a un número indeterminado de personas, ni cuando el acto pueda afectar derechos o intereses de terceros.
Contenido obligatorio de la publicación
La publicación excepcional deberá contener información suficiente para identificar plenamente el acto administrativo. Entre los datos mínimos destacan:
Esta regulación busca garantizar la transparencia y facilitar el acceso a la información por parte de los ciudadanos.
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Nuevas obligaciones para las entidades públicas
Uno de los cambios más importantes consiste en que el mismo día en que la publicación aparezca en el diario oficial El Peruano o en el diario de mayor circulación, la entidad pública deberá publicar en su Portal Institucional el texto completo del acto administrativo junto con todos sus anexos.
En aquellos casos en que la entidad no cuente con un portal institucional —como puede ocurrir en determinadas municipalidades—, la publicación deberá efectuarse mediante carteles municipales, respetando las formalidades previstas en los lineamientos.
De esta manera, se busca que el administrado tenga acceso completo al contenido del acto y no únicamente a un extracto publicado en un diario.
¿Desde cuándo produce efectos la notificación?
La norma dispone que la notificación excepcional surte efectos a los cinco días de realizada la publicación, siempre que se hayan cumplido todos los requisitos legales establecidos.
Si la publicación presenta errores u omisiones, la autoridad administrativa deberá corregirlos conforme al procedimiento previsto en los lineamientos. Además, se regula el denominado saneamiento de la notificación, que opera cuando el administrado demuestra haber tomado conocimiento efectivo del acto administrativo o realiza actuaciones que evidencian dicho conocimiento.
Derecho a obtener copias sin costo
Como garantía adicional del derecho de defensa, los lineamientos reconocen expresamente que el administrado podrá solicitar gratuitamente una copia del acto administrativo y de todos sus anexos.
La entidad pública deberá entregarla el mismo día en que se presente la solicitud o, de manera excepcional y debidamente justificada, al día hábil siguiente.
Esta disposición fortalece los principios de transparencia, acceso a la información pública, debido procedimiento y tutela administrativa efectiva previstos en la Ley N.° 27444.
La aprobación de estos lineamientos representa un paso importante hacia la estandarización de las notificaciones administrativas en el Perú, otorgando mayor predictibilidad tanto a las entidades públicas como a los ciudadanos y reduciendo los riesgos de nulidad derivados de notificaciones defectuosas.
Escrito por Grupo Verona
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