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El Decreto Legislativo 1634 introdujo un régimen especial que permitió a contribuyentes acogerse a facilidades de pago para regularizar sus deudas tributarias con SUNAT, con beneficios que no estaban disponibles en los fraccionamientos ordinarios. Esta medida, orientada a aliviar la carga financiera de personas naturales y empresas tras los efectos económicos recientes, ofreció condiciones atractivas bajo ciertos requisitos.

Se detallaron los criterios que definieron qué deudas fueron susceptibles de fraccionamiento, específicamente aquellas exigibles al 31 de diciembre de 2023. Para acceder al beneficio, fue necesario presentar la solicitud dentro del plazo establecido, estar al día en la presentación de declaraciones juradas y realizar un pago inicial equivalente al 5% del total a regularizar.

Uno de los principales incentivos fue la condonación de intereses moratorios y multas, siempre que se cumplieran puntualmente las cuotas. Además, se habilitó un plazo máximo de hasta 72 meses, aplicándose una tasa de interés preferencial basada en la TIM.

También se revisaron las diferencias aplicables según el tipo de contribuyente: personas naturales, MYPEs y grandes empresas. Se destacó que SUNAT podía rechazar solicitudes por omisiones o incumplimientos formales.

Finalmente, se ofrecieron pautas para evaluar si era conveniente acogerse a este régimen, considerando la liquidez del contribuyente, el tipo de deuda involucrada y la posibilidad de evitar medidas coactivas.

¿Que aprenderé?

  • Los participantes identificaron los beneficios concretos del régimen especial, entendieron cómo acogerse correctamente y aprendieron a evitar errores que pudieran invalidar su solicitud, asegurando una regularización fiscal efectiva.

Conocimientos Previos

  • Conocimientos generales sobre obligaciones tributarias, fraccionamientos SUNAT y presentación de declaraciones.

Preguntas y Respuestas frecuentes

Aquellas exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023, incluyendo tributos autoliquidados, fiscalizados y sanciones.

Condonación de intereses y multas por cumplimiento puntual, además de plazos amplios y tasa de interés reducida.

Presentación oportuna de la solicitud, declaración completa de obligaciones y pago del 5% como cuota inicial.

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