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Entre 2023 y 2024, Perú implementó diversas reformas tributarias que impactaron tanto a personas naturales como jurídicas.

Uno de los cambios más significativos fue el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de S/ 4,950 a S/ 5,150 en 2024. Este ajuste afectó los tramos del Impuesto a la Renta (IR), las deducciones y las escalas de sanciones administrativas. 

Además, se extendió el plazo hasta junio de 2024 para que personas naturales y micro y pequeñas empresas (Mypes) presentaran su Declaración Jurada del IR anual, brindando mayor flexibilidad en el cumplimiento tributario. 

En cuanto a obligaciones formales, la SUNAT postergó la implementación obligatoria del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para ciertos contribuyentes. Inicialmente prevista para enero de 2025, la obligación se trasladó a julio de 2025 para aquellos sujetos que, al 31 de diciembre de 2024, estaban obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, y que no se encontraban designados como principales contribuyentes ni comprendidos en ciertos incisos de la Resolución N.º 000112-2021/SUNAT. 

Asimismo, se aprobaron disposiciones para la inscripción en el RUC de proveedores no domiciliados que actuarían como agentes de retención o percepción del IGV en nuevos supuestos, mediante la Resolución de Superintendencia N.º 173-2024/SUNAT, publicada el 30 de agosto de 2024. Estas modificaciones reflejaron el compromiso del Estado peruano por modernizar la administración tributaria, facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y adaptarse a las necesidades de los contribuyentes.

¿Que aprenderé?

  • El lector comprendió las principales modificaciones tributarias en Perú durante 2023 y 2024, permitiéndole adaptarse a los cambios y cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales.

Conocimientos Previos

  • Conocimientos básicos sobre el sistema tributario peruano y las obligaciones fiscales de contribuyentes y empresas.

Preguntas y Respuestas frecuentes

La UIT se incrementó a S/ 5,150, lo que ajustó los tramos del IR, deducciones y escalas de sanciones.

La SUNAT postergó la obligatoriedad del SIRE para ciertos contribuyentes hasta julio de 2025, permitiendo una adaptación gradual.

Se reguló la inscripción en el RUC de estos proveedores como agentes de retención o percepción del IGV en nuevos supuestos.

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