Entre 2023 y 2024, Perú implementó diversas reformas tributarias que impactaron tanto a personas naturales como jurídicas.
Uno de los cambios más significativos fue el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de S/ 4,950 a S/ 5,150 en 2024. Este ajuste afectó los tramos del Impuesto a la Renta (IR), las deducciones y las escalas de sanciones administrativas.
Además, se extendió el plazo hasta junio de 2024 para que personas naturales y micro y pequeñas empresas (Mypes) presentaran su Declaración Jurada del IR anual, brindando mayor flexibilidad en el cumplimiento tributario.
En cuanto a obligaciones formales, la SUNAT postergó la implementación obligatoria del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para ciertos contribuyentes. Inicialmente prevista para enero de 2025, la obligación se trasladó a julio de 2025 para aquellos sujetos que, al 31 de diciembre de 2024, estaban obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, y que no se encontraban designados como principales contribuyentes ni comprendidos en ciertos incisos de la Resolución N.º 000112-2021/SUNAT.
Asimismo, se aprobaron disposiciones para la inscripción en el RUC de proveedores no domiciliados que actuarían como agentes de retención o percepción del IGV en nuevos supuestos, mediante la Resolución de Superintendencia N.º 173-2024/SUNAT, publicada el 30 de agosto de 2024. Estas modificaciones reflejaron el compromiso del Estado peruano por modernizar la administración tributaria, facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y adaptarse a las necesidades de los contribuyentes.