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¿SUNAT te inscribio de oficio en el RUC? Verificalo aqui

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Fri, 14 Nov 2025

¿SUNAT te inscribio de oficio en el RUC? Verificalo aqui

Si eres un ciudadano peruano que maneja un patrimonio significativo (inmuebles, acciones o cuentas bancarias), pero no tienes un negocio formal, ¡la SUNAT te está buscando! La administración tributaria ha iniciado un agresivo proceso de Inscripción de Oficio en el RUC y tú podrías estar en la lista sin siquiera saberlo.

Esta inscripción no es un simple trámite; es la confirmación de que tu patrimonio ha cruzado un umbral que te obliga a rendir cuentas. Si estás notificado y no presentas descargos a tiempo, la SUNAT asumirá tu inscripción como válida.

Principales umbrales que te delatan

La SUNAT está utilizando el cruce de información con Registros Públicos y la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para identificar a personas naturales con alto patrimonio. Si cumples con cualquiera de los criterios, eres un nuevo obligado a tener RUC, incluso si no tienes actividad comercial:

  • Bienes inmuebles (Predios): Eres dueño de cinco (5) o más predios cuyo valor conjunto supere las 126 UIT (Unidades Impositivas Tributarias).
  • Inversiones societarias: Eres titular de acciones y/o participaciones en sociedades cuyo valor supere las 100 UIT.
  • Cuentas bancarias: Tus saldos en cuentas en el sistema financiero (cajas, bancos) superan el importe de 300 UIT.

La inscripción de oficio te obliga a tener el RUC. Esto significa que quedas bajo la lupa de la SUNAT para futuras fiscalizaciones de tu Impuesto a la Renta y de tu patrimonio.

 

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10 días para defenderte

Si crees que la inscripción de oficio es un error (por ejemplo, los bienes son de la sociedad conyugal o el valor está desactualizado), tienes una única ventana de defensa.

  1. Verificación urgente: Ingresa al portal de la SUNAT (https://www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/mir/inscripcion-oficio/ruc-preinscripcion/index.html ) y consulta si te encuentras en el listado de notificados.
  2. Presentación de descargos: Si te notificaron y no estás de acuerdo, solo tienes 10 días hábiles desde la notificación para presentar tu defensa a través de la Mesa de Partes (física o virtual).

¿Por qué es importante revisar esta información?

La inscripción de oficio puede activar obligaciones tributarias, generar requerimientos y afectar tu historial fiscal. Si no corresponde, debes actuar rápido para evitar consecuencias innecesarias. ¡No pierdas este plazo! Si el tiempo se agota y la inscripción se perfecciona, deberás asumir todas las responsabilidades y obligaciones de un contribuyente formal.

 

Escrito por Grupo Verona

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