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Régimen SUNAT 2026: Regulariza tus rentas no declaradas

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Fri, 10 Oct 2025

Régimen SUNAT 2026: Regulariza tus rentas no declaradas

El Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta, establecido por la Ley N.º 32201 y publicado el 18 de diciembre de 2024, permite que los contribuyentes regularicen rentas no declaradas hasta el ejercicio 2022. Esta medida busca ampliar la base tributaria y fomentar la formalización económica. Pero, ¿en qué casos es posible acogerse si ya existe una resolución de SUNAT?

La reciente interpretación de SUNAT, mediante el Informe N.º 000075-2025-SUNAT/7T0000, aclara dos situaciones clave que sí califican para el acogimiento:

  1. Rentas incluidas en resoluciones no reclamadas:

Si tienes una resolución de determinación que fue debidamente notificada antes del 18 de diciembre de 2024 y no presentaste reclamación dentro del plazo legal, esas rentas sí pueden acogerse al Régimen, siempre que no hayan sido regularizadas previamente.

  1. Resoluciones con reclamación desestimada sin apelación:

También es válido acogerse si la SUNAT desestimó tu reclamación y, al 18 de diciembre de 2024, no has presentado apelación ante el Tribunal Fiscal, siempre que el plazo de seis meses desde la notificación no haya vencido.

 

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Este régimen ofrece una oportunidad para ponerse al día con obligaciones omitidas, evitando procedimientos sancionadores más complejos y costosos.

¿Por qué considerar este régimen?

  • Permite regularizar situaciones tributarias pendientes sin mayores conflictos.
  • Disminuye el riesgo de fiscalización por omisión de ingresos.
  • Da mayor predictibilidad para negocios que buscan financiamiento o alianzas.

Consejo práctico: Si tienes una resolución de SUNAT en firme o desestimada, revisa con un asesor tributario si puedes acogerte al régimen antes de que venza el plazo.

 

Escrito por Grupo Verona

 

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