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Planilla electronica: evita errores y cumple con SUNAT

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Sat, 01 Nov 2025

Planilla electronica: evita errores y cumple con SUNAT

La Planilla Electrónica no es opcional, es el eje central de la formalidad empresarial en el país. Este documento, gestionado íntegramente por medios informáticos de la SUNAT, es el registro oficial de todas las relaciones laborales y de servicios de tu organización.

La Planilla Electrónica te exige transparencia total sobre tus trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios e incluso tu personal en formación (practicantes) y terceros. No es solo un listado, es una base de datos que garantiza la seguridad social y el correcto manejo de los ingresos de cada sujeto registrado.

¿Quiénes no pueden escapar de esta obligación?

La obligación de llevar la Planilla Electrónica es increíblemente amplia. Si tu empresa encaja en cualquiera de los siguientes escenarios, debes implementarla hoy mismo:

  • Uno o más trabajadores.
  • Contratas a un prestador de servicios o personal de terceros.
  • Pagas cualquier tipo de pensión.
  • Realizas retenciones de Cuarta o Quinta Categoría.
  • Otorgas servicios propios de salud (EPS) o tienes un contrato SCTR con EsSalud.
  • Contratas artistas (Ley N° 28131).

En resumen, si tienes una relación económica o laboral con una persona en tu estructura, la SUNAT espera que uses la Planilla Electrónica.

 

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T-Registro y PLAME

Desde agosto de 2011, la Planilla Electrónica se compone de dos herramientas interconectadas que debes dominar:

  1. T-Registro (Registro de Información Laboral):

Es la fase inicial. Accediendo con tu CLAVE SOL a RUC y Otros Registros, debes registrarte como empleador y, de inmediato, ingresar los datos de alta, modificación o baja de todo tu personal. Es el padrón que contiene la verdad sobre cada vínculo.

  1. PLAME (Planilla Mensual de Pagos):

Es la fase operativa. Esta herramienta se nutre directamente del T-Registro para que tú declares mensualmente los ingresos, descuentos, días laborados y la determinación tributaria (impuestos y aportes de seguridad social). ¡La PLAME se elabora obligatoriamente con la data del T-Registro!

La presentación de la PLAME se hace de forma consolidada a través del PDT (Formulario Virtual N° 0601), el cual se envía mediante SUNAT Operaciones en Línea (SOL). Dominar este flujo no es solo un trámite; es blindar tu empresa contra multas y fiscalizaciones, asegurando el cumplimiento legal ante la SUNAT y el Ministerio de Trabajo.

 

Escrito por Grupo Verona

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