Carta inductiva SUNAT: como responderla de forma correcta
Mon, 31 Aug 2026
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Cuando termina una relación laboral, el trabajador debe recibir los beneficios sociales que correspondan según el tiempo laborado y las características de su vínculo laboral. En el régimen laboral de la actividad privada, la liquidación de beneficios sociales comprende los conceptos pendientes de pago generados hasta la fecha del cese.
¿Cuándo debe pagarse?
El empleador debe efectuar el pago de la liquidación dentro de las 48 horas de producido el cese. Si no cumple con este plazo, pueden generarse intereses legales sobre los montos adeudados.
¿Qué puede incluir la liquidación?
Según corresponda al trabajador, pueden considerarse:
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¿La indemnización por despido arbitrario siempre forma parte de la liquidación?
No. La indemnización por despido arbitrario es un concepto distinto y solo corresponde cuando se configuran los supuestos establecidos por la legislación laboral. Por ello, no debe asumirse que todo trabajador que termina su vínculo laboral tiene derecho automáticamente a esta indemnización.
¿Qué debe revisar el trabajador?
Es recomendable verificar la fecha de ingreso y cese, remuneración utilizada para los cálculos, periodos de CTS, vacaciones, gratificaciones y cualquier monto pendiente. También debe revisarse que los conceptos consignados correspondan realmente al régimen laboral y situación particular del trabajador.
La liquidación no es un documento meramente administrativo: permite comprobar que los beneficios generados hasta el cese hayan sido determinados y pagados correctamente.
Escrito por Grupo Verona
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