Documentos obligatorios al terminar la relacion laboral
Wed, 03 Jun 2026
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Cuando termina una relación laboral en el sector privado —ya sea después de diez, veinte o treinta años de servicios— surgen obligaciones inmediatas que el empleador debe cumplir. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que, una vez producido el cese, la empresa tiene un plazo máximo de 48 horas para entregar los pagos y documentos correspondientes, conforme a la normativa laboral peruana.
Pagos obligatorios tras el cese laboral
El empleador debe entregar la liquidación de beneficios sociales, la cual incluye:
Si el cese se produce por despido arbitrario, y el trabajador tenía un contrato a plazo indeterminado, corresponde el pago de una indemnización equivalente a 1.5 remuneraciones por cada año completo de servicios, con un tope de 12 remuneraciones.
En caso de fallecimiento del trabajador, esta indemnización no aplica.
Documentos que deben entregarse al trabajador
Además de los pagos, el empleador debe entregar:
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Cese por mutuo disenso: qué implica
El término de la relación laboral también puede darse por mutuo disenso, es decir, un acuerdo voluntario entre ambas partes. Este acuerdo debe formalizarse mediante un convenio firmado. En este escenario no corresponde indemnización por despido, salvo que las partes negocien un monto adicional como incentivo económico.
Qué hacer si se impide el ingreso al centro de trabajo
Si el trabajador es impedido injustificadamente de ingresar a su centro laboral, puede solicitar a Sunafil la verificación del despido, a fin de constatar los hechos y emitir un acta.
También puede acudir a la Policía Nacional para dejar constancia del impedimento.
Sunafil recordó que la verificación inspectiva permite acreditar hechos relacionados con el cese, pero si el trabajador busca indemnización por despido arbitrario, deberá acudir a la vía judicial.
Escrito por Grupo Verona
Wed, 03 Jun 2026
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