Descripcion del Video

A través de la Resolución de Superintendencia Adjunta N.º 000020-2023, publicada el 28 de junio, se estableció que no se aplicarían sanciones a personas naturales ni negocios que omitieran su número de RUC en redes sociales hasta el 31 de diciembre. Esta decisión respondió a la necesidad de brindar un periodo de adaptación a la nueva normativa, que exigía la inclusión del RUC y razón social en publicaciones comerciales digitales. Durante este plazo, conocido como “marcha blanca”, se incentivó a los contribuyentes a informarse, formalizarse y adecuar sus canales de venta. La medida buscó facilitar el cumplimiento tributario sin recurrir a sanciones inmediatas, promoviendo la incorporación de más de 200,000 emprendedores al sistema formal. También se destacó que el trámite de inscripción en el RUC era gratuito y accesible mediante plataformas digitales, lo que permitió a muchos iniciar el proceso sin complicaciones.

¿Que aprenderé?

  • Los participantes comprendieron el alcance de la medida de discrecionalidad, identificaron los pasos para formalizarse y reconocieron la importancia de prepararse antes del vencimiento del plazo. También adquirieron claridad sobre cómo adaptar sus publicaciones comerciales y evitar sanciones futuras, fortaleciendo su presencia digital con respaldo legal.

Conocimientos Previos

  • Conocer qué es el RUC y su función dentro del sistema tributario peruano.

Preguntas y Respuestas frecuentes

Que no se sancionaría a quienes no incluyeran su RUC en redes hasta el 31 de diciembre de 2023.

Brindar tiempo para que los contribuyentes se informaran y se adecuaran a la nueva exigencia.

A negocios digitales, emprendedores e influencers que ofrecían productos o servicios en plataformas sociales.

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