Este segmento mostró cómo las personas naturales dedujeron determinados gastos personales en su declaración anual del Impuesto a la Renta. Según la Ley del Impuesto a la Renta y sus modificaciones hasta el ejercicio 2021, se permitió descontar un porcentaje adicional sobre consumos que estuvieron directamente asociados al bienestar personal y familiar, siempre que fueran sustentados con comprobantes electrónicos emitidos a nombre del contribuyente.
Entre los rubros deducibles más destacados se encontraron los servicios médicos y odontológicos prestados por profesionales con RUC activo, los gastos en intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda, los pagos por alquiler debidamente bancarizados, los servicios turísticos brindados por operadores formales, y los aportes al sistema privado de pensiones.
Se explicó que estas deducciones se sumaron a la UIT automática ya considerada por ley, y que permitieron disminuir la base imponible sobre la cual se calculó el impuesto. No todas las personas naturales calificaron: fue necesario contar con ingresos de cuarta o quinta categoría, y que los consumos superaran el umbral mínimo para impactar en la declaración.
Errores frecuentes incluyeron no solicitar los comprobantes correctamente, usar comprobantes con errores en los datos del titular o declarar montos sin evidencia bancaria. También se indicó que el reporte de gastos deducibles podía verificarse en el portal de SUNAT antes de declarar.
En conjunto, se resaltó el beneficio de planificar financieramente el año, estructurar los pagos deducibles y asegurar su trazabilidad para obtener una devolución o reducir el saldo por pagar.