En el sistema legal peruano, la prescripción de una deuda ocurrió cuando el tiempo estipulado por la ley transcurrió sin que el acreedor realizara acciones de cobro. Esto significó que el deudor ya no estaba obligado legalmente a pagar la deuda, aunque el registro de la misma pudiera seguir figurando en entidades financieras.
Las deudas tributarias y financieras tenían plazos distintos de prescripción. Por ejemplo, las deudas con la Sunat solían prescribir después de cuatro años si no existía intervención de la administración tributaria. En cambio, las deudas bancarias y comerciales podían tener plazos de prescripción de cinco a diez años, dependiendo de su naturaleza.
Para verificar si una deuda estaba prescrita, los deudores debieron revisar la fecha de inicio de la obligación y confirmar si hubo intentos de cobro, demandas o acciones legales por parte del acreedor. En muchos casos, los bancos y entidades financieras continuaron reportando deudas en centrales de riesgo, lo que afectó el historial crediticio del deudor, aunque la deuda legalmente no fuera exigible.
La prescripción no ocurrió de manera automática, sino que el deudor debió solicitar su reconocimiento ante la entidad correspondiente. En algunos casos, los tribunales intervinieron para determinar la validez de la prescripción. Comprender este proceso permitió a los ciudadanos tomar decisiones informadas sobre su situación financiera.