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Sunat revisara aportes previsionales de independientes

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Tue, 23 Sep 2025

Sunat revisara aportes previsionales de independientes

Si eres trabajador independiente y emites recibos por honorarios, prepárate: a partir de 2028 estarás obligado a aportar al sistema previsional peruano. La reforma de pensiones, establecida por la Ley N.º 32123, busca ampliar la cobertura de seguridad social y garantizar una pensión mínima para todos los afiliados.

¿Qué cambia con la reforma previsional?

Desde 2028, quienes generen rentas de cuarta categoría deberán aportar al Sistema Privado de Pensiones (AFP) o al Sistema Nacional de Pensiones (ONP). El aporte comenzará con una retención del 2 % sobre los ingresos, y aumentará progresivamente hasta llegar al 5 % en 2034. Las rentas de quinta categoría y otras fuentes de ingreso no están incluidas en esta obligación.

¿Qué pasa si no aportas?

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) podrá aplicar sanciones si no se cumple con esta obligación. Aunque aún no se han definido los montos exactos de las multas, el incumplimiento podría generar reparos tributarios, fiscalizaciones y penalidades tanto para el trabajador como para la empresa que lo contrata.

De acuerdo con expertos, si el trabajador independiente no elige un régimen previsional, será afiliado automáticamente a una AFP. Además, si una empresa contrata a un independiente y no retiene el aporte correspondiente, también podría ser sancionada por Sunat.

 

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¿Quién debe aportar?

  • Si emites recibos por honorarios a una persona natural: tú eres responsable de autorretenerte.
  • Si trabajas para una empresa: esta debe retener el aporte y transferirlo al sistema previsional.

Una pensión para tu futuro

La reforma también trae una buena noticia: una pensión mínima garantizada de S/ 600 para quienes hayan aportado por lo menos 20 años. Para acceder a este beneficio, debes tener 65 años y no ser pensionista. Es un incentivo poderoso para formalizarte y asegurar tu futuro.

Requisitos para acceder a la pensión mínima de S/600

  • Tener 65 años y haber cesado en el trabajo.
  • No ser pensionista por derecho propio.
  • Contar con un saldo insuficiente en la CIC para financiar una pensión regular.
  • En caso de invalidez, cumplir con los requisitos del SNP si no estás cubierto por el seguro previsional del SPP.

 

Escrito por Grupo Verona

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