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SUNAFIL: Limites al retorno de madres lactantes a oficinas

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Mon, 11 May 2026

SUNAFIL: Limites al retorno de madres lactantes a oficinas

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) alertó que, entre el 2025 y los primeros meses del 2026, se registraron 551 denuncias por vulneración de derechos laborales de madres trabajadoras. Los sectores con más casos fueron servicios inmobiliarios, comercio, transporte y agricultura, evidenciando brechas persistentes en la protección de la maternidad en el ámbito laboral peruano.

Este pronunciamiento se difundió en el marco del Día de la Madre, con el objetivo de recordar a las empresas que los derechos vinculados al embarazo, la maternidad y la lactancia no son negociables y deben ser garantizados sin excepciones.


Promoción de lactarios y protección de la lactancia materna

SUNAFIL reiteró que los empleadores están obligados a promover el uso de los lactarios institucionales, implementando campañas internas y medidas que faciliten la conciliación entre la vida familiar y laboral.

Además, recordó que toda empresa con 20 o más trabajadoras en edad fértil (15 a 49 años) debe implementar un lactario adecuado, conforme a la Ley N.º 29896.

Respecto al permiso por lactancia, la entidad precisó que las trabajadoras tienen derecho a una hora diaria hasta que el menor cumpla un año. Este tiempo:

  • Puede fraccionarse en dos periodos
  • Debe otorgarse dentro de la jornada
  • Se considera tiempo efectivamente laborado, sin descuentos
   


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Derechos laborales de las madres trabajadoras

SUNAFIL recordó que la legislación peruana reconoce un conjunto de derechos esenciales:

  • Descanso pre y posnatal
  • Protección contra el despido nulo por embarazo
  • Permiso por lactancia materna
  • Implementación de lactarios
  • Protección de gestantes en actividades de riesgo
  • Subsidios por maternidad y lactancia

Estos derechos buscan garantizar condiciones laborales seguras y dignas durante el embarazo, el posparto y la etapa de lactancia.


Teletrabajo y retorno presencial: decisión debe ser consensuada

En relación con el teletrabajo, SUNAFIL enfatizó que los empleadores deben priorizar a poblaciones vulnerables, incluyendo gestantes y madres lactantes, para continuar bajo esta modalidad cuando sea posible.

El eventual retorno a la presencialidad no puede imponerse unilateralmente. Debe ser:

  • Acordado entre ambas partes
  • Evaluado caso por caso
  • Compatible con la normativa vigente

SUNAFIL recordó que cualquier medida que afecte a una madre lactante sin justificación podría constituir una infracción grave.


Llamado a las empresas: fortalecer la protección laboral

La entidad exhortó a todas las organizaciones, sin importar su tamaño, a implementar políticas internas que garanticen:

  • Bienestar
  • Respeto
  • Igualdad de oportunidades
  • Ambientes laborales compatibles con la maternidad

SUNAFIL reafirmó que proteger a las madres trabajadoras es una obligación legal y un componente esencial de la sostenibilidad empresarial.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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