CTS y REMYPE 2026: ¿Cuanto toca pagar o cobrar realmente?
Thu, 30 Apr 2026
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Si generas ingresos por arrendar casas, departamentos, vehículos o incluso por subarrendar, estás bajo el radar de las Rentas de Primera Categoría. Pero cuidado: el impuesto no solo se paga sobre el efectivo que recibes, sino sobre conceptos que quizás estás ignorando.
Es la forma más común. Si alquilas un departamento por S/ 1,200, ese es tu ingreso bruto. Pero si tú eres el inquilino y decides realquilar (subarrendar) por un monto mayor, la diferencia a tu favor también paga impuesto.
Ejemplo:
Juan alquila una casa a Pedro por S/ 2,000. Pedro la subarrienda a Luis por S/ 2,500.
La renta gravada para Pedro es la diferencia: S/ 500 mensuales.
Muchos propietarios permiten que el inquilino remodele el local a cambio de meses de gracia. ¡Atención! Si el arrendatario introduce mejoras que benefician al propietario y este no está obligado a reembolsarlas, el valor de dichas mejoras constituye renta para el dueño en el año en que se devuelve el predio.
El cálculo se realiza según el autovalúo.
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Para la SUNAT, la generosidad tiene un precio. Si cedes un predio gratuitamente o a un precio por debajo del costo real, la ley presume una Renta Ficta del 6% del valor del autovalúo. No importa que no recibas ni un sol; el impuesto se paga igual.
No cometas el error de declarar solo el alquiler. También forman parte de la base imponible:
También generan renta:
Regla de oro para el 2026
A diferencia de años anteriores, recuerda que desde enero de 2026 rige el criterio de lo percibido. Esto simplifica tu flujo de caja, pero exige un orden absoluto en tus recibos de arrendamiento.
Escrito por Grupo Verona
Thu, 30 Apr 2026
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