SUNAT exige probar que el gerente cumple funciones reales
Mon, 13 Oct 2025

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La SUNAT ha movido las reglas del juego. Desde el 1 de agosto de 2025, ha entrado en vigencia una modificación trascendental que afecta el plazo máximo de atraso para el registro de tus libros contables. Si tu empresa utiliza el PDT – Formulario Virtual N.° 0625 para modificar o suspender los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, ¡debes ajustar tu calendario de cierre contable ahora mismo!
Este cambio legal busca un objetivo claro: que tus declaraciones ante la SUNAT estén perfectamente alineadas y sustentadas en tu contabilidad. Se acabó el tiempo en que podías declarar primero y registrar tus libros después con un amplio margen.
Tu PDT 0625 determina el plazo de tus libros
El PDT 0625 es esa declaración jurada que presentas con tu estado de ganancias y pérdidas (al 30 de abril o al 31 de julio) para obtener un nuevo coeficiente de pagos a cuenta. Pues bien, ahora, la fecha en que presentas ese formulario dicta el plazo máximo de atraso para varios de tus libros contables clave.
La regla general de atraso para el Libro Diario, el Libro Diario de Formato Simplificado y el Libro Mayor es de tres (3) meses. Sin embargo, si presentas el PDT 0625, este plazo se acorta y se recalcula:
Libro | Plazo máximo de atraso con PDT - FV No. 0625
| Inicio del cómputo del plazo |
Libro de Inventarios y Balances | Último día calendario del mes de presentación del PDT | Desde el primer día hábil siguiente a la presentación del PDT o desde el 1 de agosto (según corresponda) |
Libro diario | Último día calendario del mes de presentación del PDT | Desde el primer día hábil de mayo o agosto |
Libro Diario (formato simplificado) | Igual que el Libro Diario
| Igual que el Libro Diario
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Libro Mayor | Igual que el Libro Diario
| Igual que el Libro Diario
|
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¡Un ejemplo simple! Si presentas tu PDT el 15 de mayo con información al 30 de abril, el plazo máximo de atraso de tu Libro Diario ya no es la fecha habitual, sino tres meses contados desde el 1 de mayo. Esto te obliga a ser más rápido y ordenado.
Obligación del libro de inventarios y balances
Además, la nueva normativa exige que el Resumen del Libro de Inventarios y Balances también se envíe dentro de este nuevo y estricto plazo. Ya no basta con tener la información: debe estar registrada y presentada electrónicamente a tiempo.
La SUNAT ya no acepta declaraciones que no tengan un respaldo contable. El cumplimiento de estos nuevos plazos, registrados con precisión y orden, es tu mejor escudo para evitar reparos u observaciones en una eventual fiscalización. ¡Ajusta tu timing contable!
Escrito por Grupo Verona
Mon, 13 Oct 2025
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Sat, 11 Oct 2025
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