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Microempresas: SUNAT activa cursos para evitar sanciones inmediatas

Yo Soy Mentoria

Sun, 03 May 2026

Microempresas: SUNAT activa cursos para evitar sanciones inmediatas

La SUNAT ha puesto en marcha un mecanismo preventivo que cambia la forma en que las microempresas enfrentan su primera infracción tributaria. En lugar de aplicar de inmediato una multa o cierre, la Administración Tributaria podrá sustituir esa sanción por un curso virtual de capacitación, siempre que se trate de la primera infracción cometida o detectada y se cumplan las condiciones establecidas en el Código Tributario.

Este beneficio aplica a personas naturales o jurídicas que generan rentas de tercera categoría y cuyas ventas anuales no superan las 150 UIT. Además, es válido sin importar el régimen tributario al que pertenezcan. La medida busca fortalecer la formalización y evitar que las microempresas acumulen sanciones por desconocimiento de sus obligaciones.

¿Cómo se accede al curso?

La SUNAT notificará al buzón electrónico del contribuyente una comunicación que incluirá:

  • La dirección web de la plataforma de capacitación
  • El usuario y contraseña de acceso
  • El plazo habilitado, que es de cinco días hábiles, improrrogables

Recuerda que esta capacitación no es voluntaria, se activa automáticamente cuando SUNAT detecta la primera infracción del artículo 172 del Código Tributario.

No podrán acceder a esta medida las microempresas cuyos titulares o socios tengan sentencia condenatoria vigente por delitos tributarios o aduaneros, ni aquellas que ya hayan sido notificadas con una resolución de multa, cierre o acta de reconocimiento antes de la detección de la infracción.


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¿En qué consiste el curso?

  • Debe ser llevado por el deudor tributario o el representante legal
  • Se dicta en modalidad virtual asincrónica, disponible 24/7
  • No constituye una sanción
  • Su contenido está relacionado con la infracción cometida
  • Incluye material instructivo elaborado por SUNAT

Para acreditar la asistencia, el contribuyente debe:

  1. Completar el curso
  2. Realizar la actividad final
  3. Descargar la constancia de capacitación dentro del plazo habilitado

La constancia identifica la infracción cometida, el RUC y la razón social o nombres del contribuyente.

¿Qué pasa si no se lleva el curso?

La inasistencia genera la aplicación inmediata de la multa o cierre correspondiente. La medida sólo procede una vez por cada tipo de infracción, como:

  • No inscribirse o actualizar datos en el RUC
  • No emitir o exigir comprobantes de pago
  • No llevar libros o registros
  • No presentar declaraciones
  • No permitir el control de SUNAT

Si existen infracciones previas del mismo tipo, se considerará como “primera” la más antigua.

Revisa tu clave SOL a diario. Esta medida preventiva es una oportunidad de oro para formalizarse sin descapitalizar el negocio. La educación es hoy la mejor estrategia de defensa fiscal.

Escrito por Grupo Verona