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Incremento patrimonial no justificado: sustenta ante SUNAT

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Tue, 23 Jun 2026

Incremento patrimonial no justificado: sustenta ante SUNAT

En los últimos años, la SUNAT ha fortalecido sus mecanismos de fiscalización para detectar ingresos no declarados, operaciones informales e incrementos patrimoniales que no guardan relación con los ingresos reportados por los contribuyentes. Como consecuencia, cada vez más personas reciben requerimientos para explicar el origen de depósitos bancarios, compras de inmuebles, adquisición de vehículos, inversiones y otros movimientos económicos.

Por ello, aprender a justificar adecuadamente el origen de los ingresos se ha convertido en una de las principales herramientas de prevención tributaria.


¿Qué es el incremento patrimonial no justificado?

El concepto de incremento patrimonial se refiere a cuando SUNAT detecta que tus ingresos, activos o movimientos financieros son mayores a los declarados, lo que puede activar una fiscalización por presunción de evasión tributaria. Por ello, es clave conocer cómo validar cualquier monto recibido, incluso si proviene de préstamos entre familiares.


¿Cómo justificar correctamente los ingresos?

La mejor defensa frente a una eventual fiscalización es contar con documentación que respalde el origen de los fondos.

Algunos ejemplos son:

  • Contratos de trabajo.
  • Boletas de pago.
  • Recibos por honorarios.
  • Facturas emitidas.
  • Contratos de préstamo.
  • Escrituras públicas.
  • Contratos de compraventa.
  • Constancias de herencia.
  • Documentación de donaciones.
  • Estados de cuenta bancarios.
  • Contratos de inversión.

Mientras más sólido sea el sustento documental, menor será el riesgo de observaciones por parte de la Administración Tributaria.


Caso práctico: ¿Cómo lo justifica Martha?

Martha Sánchez es terapista en un hospital y percibe ingresos mensuales por S/ 3,000. Además, estudia en la universidad, lo que implica gastos frecuentes. Su tía Lady decide prestarle S/ 45,000 para cubrir sus estudios y necesidades, lo cual genera una alerta para SUNAT si ese dinero aparece en sus cuentas bancarias sin sustento formal.

La asesora tributaria del hospital le explica que, de acuerdo con el Artículo 60 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, ese préstamo debe estar formalmente documentado con un contrato para que no sea considerado un ingreso no declarado.


¿Qué elementos debe incluir el contrato de préstamo?

  • Monto prestado, moneda y cuenta de destino
  • Medio de pago: transferencia, efectivo o giro
  • Forma de devolución: cuotas, plazos y condiciones
  • Firmas de ambas partes y fecha del acuerdo
 


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Además, Martha deberá tener:

  • Boletas de pago por su trabajo como docente
  • Constancias de pensión universitaria para validar el destino del dinero
  • Evidencias claras de la existencia y uso del préstamo como mecanismo de apoyo financiero


El error que más problemas genera

Uno de los errores más frecuentes consiste en pensar que basta con afirmar verbalmente el origen del dinero.

En materia tributaria, las afirmaciones deben estar respaldadas por documentos, fechas, contratos, medios de pago y pruebas objetivas que permitan acreditar la procedencia de los fondos.

Por ejemplo, indicar que un depósito corresponde a un préstamo familiar será insuficiente si no existe un contrato, evidencia de la transferencia y elementos que acrediten la operación.

 

Una fiscalización puede comenzar años después

Muchos contribuyentes creen que deben preocuparse únicamente cuando reciben un requerimiento de SUNAT. Sin embargo, la documentación debería conservarse desde el momento en que se realiza la operación.

Las compras importantes, los préstamos, las inversiones y los ingresos extraordinarios deben estar adecuadamente documentados desde el inicio.

En un contexto donde la SUNAT cuenta con mayores herramientas de cruce de información financiera, bancaria y patrimonial, justificar correctamente los ingresos ya no es solo una buena práctica tributaria. Es una medida de protección que puede evitar reparos, determinaciones de deuda, multas e investigaciones por incremento patrimonial no justificado.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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