Construccion Civil 2026: suben jornal, bonos y escolaridad
Mon, 29 Dec 2025
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El cierre de año en el Perú no solo implica balances comerciales, sino también un campo minado de obligaciones laborales que, de gestionarse mal, terminan en costosas multas. Lee estas recomendaciones para que tu empresa inicie el 2026 con orden y sin contingencias.
La Regla de Oro: Los Feriados Nacionales
El 25 de diciembre y el 1 de enero son feriados nacionales obligatorios según el Decreto Legislativo N° 713. Si tus colaboradores descansan, reciben su remuneración ordinaria. Pero, si por la naturaleza de tu negocio (retail, turismo o servicios) deben laborar, el escenario cambia: el trabajador tiene derecho al pago triple (uno por el día, uno por el trabajo realizado y una sobretasa del 100%). La única forma de evitar este sobrecosto es otorgar un descanso sustitutorio físico en otra fecha.
El Laberinto del 24 y 31 de diciembre
El escenario cambia para el 24 y 31 de diciembre, fechas que no han sido declaradas como días no laborables para el 2025. El Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM sólo reconoce como día no laborable en diciembre el viernes 26 de diciembre de 2025, aplicable al sector público. En el sector privado, otorgar el 24 o 31 como día no laborable es una decisión interna del empleador, previo acuerdo con los trabajadores o, en su defecto, por decisión unilateral conforme al artículo 4 del mismo decreto.
Si la empresa decide otorgar estos días como no laborables, las horas deben compensarse dentro de los diez días siguientes o en la fecha que el empleador determine. No generan pago adicional ni se consideran feriados. Muchas controversias surgen porque algunos centros laborales los tratan como feriados reales, generando expectativas que no se ajustan al marco legal.
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5 Mandamientos para un Fin de Año Seguro:
Para evitar conflictos y asegurar un cierre de año ordenado, se recomiendan cinco acciones clave:
Notifica por escrito si se laborará el 24 y 31, detallando el esquema de recuperación de horas.
Registra con precisión quiénes laboran los feriados; Sunafil prioriza estas inspecciones en enero.
Aclara que el 24 y 31 no son feriados para evitar reclamos por pagos extraordinarios inexistentes.
Verifica que el software de planilla calcule correctamente la sobretasa del 100% por trabajo en feriado.
Confirma que no existan beneficios por "costumbre" que obliguen a dar el día libre sin compensación.
Evitar conflictos laborales en estas fechas depende de la claridad normativa. Un error en el cálculo de un feriado es el camino más rápido hacia una denuncia ante la autoridad inspectiva.
Escrito por Grupo Verona
Mon, 29 Dec 2025
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