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Empresas deben responder carta de Sunafil sobre locadores

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Mon, 20 Oct 2025

Empresas deben responder carta de Sunafil sobre locadores

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha tomado medidas firmes para prevenir la desnaturalización de las labores de los locadores de servicios en Perú. Tras detectar que más de 150,000 personas prestan servicios como locadores —emisores de recibos por honorarios— en 44,599 empresas de distintos sectores, la entidad envió una carta inductiva para evitar el uso irregular de esta modalidad contractual.

Este envío, realizado a fines de junio mediante casillas electrónicas oficiales, busca que las empresas revisen y justifiquen la relación laboral con sus locadores, garantizando el respeto a los derechos laborales y evitando que se utilicen estos contratos para encubrir una relación laboral formal.

¿Qué debe hacer cada empresa?

Las empresas tienen un plazo de diez días hábiles, entre el 10 y el 18 de julio, para responder y remitir la documentación requerida. Entre los datos que deben presentar están: información de los trabajadores registrados en planilla, fechas de alta en el T-Registro y justificaciones claras para aquellos locadores que consideran no deberían ser tratados como trabajadores formales.

Sunafil aclara que si los locadores trabajan bajo condiciones típicas de una relación laboral —como subordinación, supervisión directa y sanciones por parte del empleador— deben ser reconocidos como trabajadores, con todos los beneficios y derechos que esto implica.

 

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Para facilitar el proceso, la respuesta debe enviarse exclusivamente a través de la casilla electrónica mediante un formato virtual disponible en el enlace incluido en la carta inductiva. Esta medida busca transparentar y formalizar las relaciones laborales.

¿Qué evalúa SUNAFIL?

La entidad analizará cada caso verificando si existen elementos típicos de una relación laboral real, como:

  • Subordinación: orden, supervisión o sanciones del empleador
  • Prestación personal del servicio
  • Remuneración periódica a cambio de labores

Si se confirma la presencia de estos elementos, el locador debe pasar al régimen laboral formal. De lo contrario, la empresa podría recibir sanciones por omisión de planilla, afectando además sus libros contables y aportes previsionales.

Quienes tengan dudas pueden acceder al consultorio legal de Sunafil en su canal de YouTube, donde se explica el procedimiento en detalle:
 https://www.youtube.com/live/sORwNCA1p0k

Esta acción reafirma el compromiso del Estado peruano con la fiscalización laboral y la defensa de los derechos de los trabajadores.

 

Escrito por Grupo Verona

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