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¿El RER es para ti? Descubre si te conviene este regimen

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Wed, 01 Jul 2026

¿El RER es para ti? Descubre si te conviene este regimen

Elegir correctamente el régimen tributario es una de las decisiones más importantes al momento de iniciar un negocio. Una elección equivocada puede generar mayores costos, obligaciones innecesarias o incluso contingencias frente a la SUNAT.

Entre las alternativas disponibles para las pequeñas empresas se encuentra el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), un régimen diseñado para facilitar el cumplimiento tributario de determinados contribuyentes que desarrollan actividades empresariales.

A diferencia del NRUS, en este régimen pueden acogerse tanto personas naturales como jurídicas, y además permite la emisión de facturas a tus clientes, facilitando así el crecimiento y la formalización de tu negocio.


¿Quiénes pueden acogerse al Régimen Especial de Renta?

Pueden incorporarse al Régimen Especial de Renta quienes desarrollen actividades empresariales permitidas y cumplan las condiciones previstas por la SUNAT.

Entre los principales requisitos se encuentran:

  • Obtener rentas de tercera categoría.
  • Desarrollar actividades permitidas por la normativa.
  • No superar los límites establecidos para este régimen respecto a ingresos netos, adquisiciones, activos fijos y demás condiciones previstas por la Ley del Impuesto a la Renta.
  • No realizar actividades expresamente excluidas del RER.

Antes de elegir este régimen, resulta recomendable verificar que la actividad económica efectivamente pueda acogerse al mismo. Este régimen está dirigido a actividades comerciales y de servicios, pero excluye ciertos rubros que no pueden acogerse, como:

  • Construcción, transporte de carga, casinos y espectáculos públicos.
  • Actividades profesionales como medicina, odontología, veterinaria, derecho, contabilidad, ingeniería, arquitectura y programación informática.
  • Agencias de viaje, publicidad, venta de inmuebles y actividades vinculadas a rentas de fuente extranjera.
  • Comercialización de combustibles, depósitos aduaneros y servicios similares.
  • Si tu negocio realiza alguna de estas actividades, deberás optar por otro régimen tributario.
   


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Impuestos, declaración y pago en el RER

Dentro del RER, tienes dos impuestos clave:

  1. IGV (Impuesto General a las Ventas): 18%
  2. Impuesto a la Renta: 1.5% sobre los ingresos netos mensuales

El pago y la declaración se hacen mensualmente, siguiendo el cronograma de SUNAT según el último dígito de tu RUC. Recuerda que puedes pagar a partir del primer día del mes siguiente y antes de la fecha de vencimiento para evitar multas.

Además, no estás obligado a presentar declaración jurada anual, excepto si en algún momento del año usaste otro régimen como el MYPE Tributario o Régimen General.


Comprobantes y registros contables

Al comprar para tu negocio, exige factura electrónica para sustentar tus gastos. Al vender, entrega boletas o facturas electrónicas según corresponda. También puedes emitir notas de crédito, débito y guías de remisión electrónicas si transportas mercadería.

Respecto a libros contables, debes llevar:

  • Registro de compras electrónico (RCE)
  • Registro de ventas e ingresos electrónico (RVIE)

Ambos deben gestionarse en el Sistema SIRE de SUNAT, de acuerdo con tu obligación por fecha.


¿Cuándo no conviene permanecer en el RER?

A medida que un negocio crece, puede dejar de cumplir los requisitos para permanecer en este régimen.

Superar los límites establecidos por la legislación o desarrollar actividades excluidas puede generar la obligación de incorporarse a otro régimen tributario, con mayores obligaciones formales y contables.

Por ello, es recomendable revisar periódicamente la evolución del negocio y evaluar si el régimen elegido continúa siendo el más adecuado.


Elegir correctamente evita problemas futuros

El Régimen Especial de Renta continúa siendo una alternativa atractiva para muchos pequeños negocios. Sin embargo, antes de acogerse es importante analizar no solo los beneficios, sino también las obligaciones que implica y las características propias de la actividad económica.

Una adecuada planificación tributaria desde el inicio permitirá cumplir correctamente con la SUNAT, evitar contingencias y facilitar el crecimiento sostenible de la empresa.

 

Escrito por Grupo Verona


 

 

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