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Declaracion 2025: Plazos, requisitos y evita multas de SUNAT

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Mon, 25 May 2026

Declaracion 2025: Plazos, requisitos y evita multas de SUNAT

Cada año, miles de contribuyentes deben cumplir con una de las obligaciones tributarias más importantes: la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Para el ejercicio 2025, la campaña de declaración se realiza durante el 2026 y está supervisada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Tanto empresas como personas naturales deben revisar si están obligadas a presentar esta declaración y hacerlo dentro de los plazos establecidos para evitar intereses, multas o fiscalizaciones.

Renta Anual 2025 para empresas y negocios

Si durante el 2025 obtuviste rentas o pérdidas de tercera categoría, ya sea en el Régimen General o en el Régimen MYPE Tributario, estás obligado a presentar la Declaración Jurada Anual y regularizar el impuesto correspondiente.

Formularios que debes usar

La SUNAT establece dos versiones del Formulario Virtual N.º 710:

  1. Formulario Virtual 710 – Completo (Tercera Categoría e ITF)

Debe ser utilizado por empresas cuyos ingresos netos del 2025 superen 1,700 UIT (S/ 9,095,000).

  1. Formulario Virtual 710 – Simplificado

Se utiliza cuando los ingresos netos del ejercicio no superan las 1,700 UIT.

Estos formularios se encuentran disponibles en el portal de renta de SUNAT desde el 2 de enero de 2026.

Además, desde el 16 de febrero de 2026, los contribuyentes pueden acceder a un archivo personalizado con información referencial (pagos a cuenta, retenciones, ITAN, saldos a favor, entre otros) que debe ser revisado antes de presentar la declaración.

Cronograma de vencimientos para empresas

Las empresas que no están comprendidas en la ampliación de plazos deben declarar según el último dígito de su RUC:

  • RUC 0 → 26 de marzo de 2026
  • RUC 1 → 27 de marzo de 2026
  • RUC 2 → 30 de marzo de 2026
  • RUC 3 → 31 de marzo de 2026
  • RUC 4 → 1 de abril de 2026
  • RUC 5 → 6 de abril de 2026
  • RUC 6 → 7 de abril de 2026
  • RUC 7 → 8 de abril de 2026
  • RUC 8 → 9 de abril de 2026
  • RUC 9 → 10 de abril de 2026
  • Buenos contribuyentes → 13 de abril de 2026
 

Leer más: Declaración ITAN: Consejos clave para evitar errores Sunat 

Leer más: Saldo a favor del Impuesto a la Renta: Guia practica 

 

Renta Anual 2025 para personas naturales

También deben presentar declaración las personas naturales sin negocio que durante el 2025 hayan obtenido determinados ingresos o tengan impuestos pendientes.

Entre los casos más comunes están:

  • Personas con rentas de quinta categoría que dedujeron gastos por alquiler de vivienda.
  • Contribuyentes con rentas de cuarta y quinta categoría que además tengan rentas de fuente extranjera.
  • Personas que tengan saldo a pagar por rentas de primera, segunda o del trabajo.
  • Contribuyentes que apliquen saldos a favor de ejercicios anteriores.
 

Formulario para personas naturales

La declaración se presenta mediante el Formulario Virtual N.º 709 – Renta Anual Persona Natural, disponible desde el 31 de marzo de 2026 en el portal de SUNAT y en el aplicativo APP Personas SUNAT.

Cronograma para las personas naturales y las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley N° 31940:

Contribuyentes que hayan obtenido ingresos anuales hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), considerando para tal efecto los ingresos netos anuales del año 2024, gravados con el Impuesto a la Renta.El plazo máximo depende del último dígito del RUC:

  • 0 → 27 de mayo de 2026
  • 1 → 28 de mayo de 2026
  • 2 → 29 de mayo de 2026
  • 3 → 1 de junio de 2026
  • 4 → 2 de junio de 2026
  • 5 → 3 de junio de 2026
  • 6 → 4 de junio de 2026
  • 7 → 5 de junio de 2026
  • 8 → 8 de junio de 2026
  • 9 → 9 de junio de 2026
  • Buenos contribuyentes → 10 de junio de 2026
 

Recomendación para evitar problemas con SUNAT

La declaración anual no solo sirve para pagar impuestos. También permite regularizar pagos a cuenta, compensar saldos a favor o solicitar devoluciones cuando corresponda.

Por eso, lo recomendable es revisar la información tributaria con anticipación, validar los datos proporcionados por la SUNAT y presentar la declaración antes del vencimiento. En materia tributaria, anticiparse siempre reduce riesgos.

 

Escrito por Grupo Verona

 

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