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Cenas navideñas corporativas evita riesgos tributarios clave

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Mon, 29 Dec 2025

Cenas navideñas corporativas evita riesgos tributarios clave

Diciembre no solo trae celebraciones; para las empresas peruanas, trae un desafío de cumplimiento tributario que muchos pasan por alto. La contratación de hoteles y restaurantes para cenas o almuerzos navideños es una tradición, pero existe una contingencia creciente: el uso indebido de la tasa excepcional del 10% de IGV bajo la Ley N.º 31556.

Aceptar una factura con esta tasa reducida por conceptos que no corresponden es invitar a una fiscalización directa.

¿Qué servicios califican realmente?

La Ley N.º 31556 se diseñó para el consumo de alimentos y alojamiento. Sin embargo, en eventos corporativos, los proveedores suelen incluir arrendamiento de salones, producción de eventos, decoración o sonido. Estos conceptos no gozan del beneficio. Si un hotel te factura el alquiler del local con el 10% de IGV, la SUNAT tiene la mesa servida para un reparo fulminante.

El impacto en tu Caja Fiscal: El doble golpe

La jurisprudencia del Tribunal Fiscal, como la RTF N.º 08675-11-2019, es tajante: la responsabilidad de verificar que el comprobante sea legal recae en el adquirente. Si aceptas una tasa errada, enfrentas:

  1. Reparo al Crédito Fiscal: Al no consignar la tasa correcta, el documento pierde su validez para el IGV conforme al artículo 19 de la Ley del IGV.
  2. Pérdida del Gasto (Impuesto a la Renta): Bajo el artículo 44 inciso j), un comprobante defectuoso no sustenta costo ni gasto. La materialidad del evento no te salvará si el documento es formalmente inválido.
 

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¿Se puede salvar el Crédito Fiscal?

Existe una vía de convalidación mediante el uso de Medios de Pago (transferencia o cheque no negociable) por el íntegro de la operación dentro de los cuatro meses. Sin embargo, atención: esto solo salva el IGV, pero el gasto para el Impuesto a la Renta seguirá siendo rechazado por la SUNAT.

La fehaciencia: Más allá de la factura

Incluso con una factura perfecta, debes probar que el evento ocurrió. La RTF N.º 03009-10-2017 indica que contratos y fotos no bastan. Necesitas registros de asistencia, correos de invitación y reportes internos. La SUNAT exige certeza, no solo indicios.

Si tu proveedor emite una factura con la tasa del 10% por servicios de eventos, exige la anulación y la emisión de una nueva con el 18%. No permitas que una celebración navideña se convierta en una contingencia de cuatro o cinco cifras el próximo año.

 

Escrito por Grupo Verona

 

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